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Ética de la publicación

Esta página establece las expectativas éticas de la revista y el procedimiento ante presuntas faltas. Se inspira en los principios de transparencia y buenas prácticas ampliamente aceptados en la edición académica.

Obligaciones de los autores

Originalidad. El manuscrito debe ser original y no haber sido publicado ni estar en evaluación simultánea en otra revista. El envío simultáneo desperdicia el trabajo no remunerado de los revisores y es motivo de rechazo inmediato.

Atribución. Todo material tomado de otros —texto, datos, figuras, mapas, ideas— debe estar identificado y referenciado. Esto incluye el trabajo propio previamente publicado.

Autoría honesta. Deben figurar como autores quienes hayan contribuido sustancialmente al trabajo, y solo ellos. La autoría honoraria y la omisión de contribuyentes reales son faltas.

Datos verificables. Los autores deben estar en condiciones de proporcionar los datos en que se basa el trabajo si se les solicita razonablemente.

Declaración de conflictos. Cualquier relación que pueda percibirse como influencia sobre el trabajo debe declararse al enviar.

Corrección de errores. Advertido un error significativo en un trabajo publicado, el autor debe comunicarlo a la revista y cooperar en su corrección o retractación.

Obligaciones de los revisores

Confidencialidad. El manuscrito es un documento reservado. No debe mostrarse ni comentarse con terceros, ni utilizarse en beneficio propio.

Objetividad. La crítica se dirige al trabajo, no a las personas. Los desacuerdos teóricos legítimos deben expresarse como tales y no traducirse en descalificación.

Oportunidad. El revisor que no pueda completar la evaluación en plazo debe comunicarlo cuanto antes para permitir la reasignación.

Declinación por conflicto. Debe declinarse la revisión cuando exista vínculo con los autores, competencia directa u otra circunstancia que comprometa el juicio.

Señalamiento de problemas. El revisor que advierta similitud sustancial con otro trabajo, datos que parezcan inconsistentes o falta de atribución debe comunicarlo a los editores.

Obligaciones de los editores

Decisión fundada. Las decisiones se basan en el mérito académico del trabajo, con independencia de la nacionalidad, institución, trayectoria u orientación teórica de los autores.

Confidencialidad. La existencia y el contenido de un manuscrito en evaluación no se divulgan.

Imparcialidad ante conflictos. El editor con conflicto de interés respecto de un manuscrito se aparta de su tramitación.

Atención a las denuncias. Toda denuncia razonada de mala práctica se examina, con independencia del momento en que se formule.

Procedimiento ante una presunta falta

Comunicación. La denuncia debe dirigirse a la dirección de la revista por escrito, con la mayor precisión posible sobre el hecho señalado.

Examen preliminar. La dirección valora si la denuncia tiene fundamento suficiente para proceder.

Consulta a los implicados. Se comunica el señalamiento a los autores y se les concede oportunidad de responder antes de cualquier decisión.

Resolución. Según la gravedad y lo acreditado, puede procederse a una corrección, a una expresión de preocupación, a la retractación del artículo, o a la desestimación del señalamiento.

Registro público. Las correcciones y retractaciones se publican de modo visible y permanente, enlazadas desde el artículo afectado. El artículo no se elimina: el registro académico debe conservar lo que fue publicado, señalado como corregido o retractado.

Sobre la proporción

No toda discrepancia es una falta ética. El desacuerdo metodológico, la interpretación distinta de los mismos datos y la crítica severa forman parte del funcionamiento normal de una disciplina, y la revista los acoge como discusión académica, no como denuncia.